Es sabido por todos que el Archipiélago canario ha gozado históricamente de un régimen económico y fiscal diferenciado del existente en el resto de España, reforzado esto por su consideración de región ultraperiférica de la Unión Europea.
Muchos empresarios y emprendedores desconocen de su existencia y de sus ventajas fiscales, pudiéndose encontrar, sin ir a las Islas Caiman, con un paraiso fiscal en España. Quizá siendo la única diferencia con otros territorios considerados como tales, que, en este caso, las autoridades no encubren la evasión de impuestos, sino que sólo favorecen a las empresas que allí invierten con importantes beneficios fiscales.
El paraiso fiscal canario tiene dos patas principalmente:
1) La Zona Especial Canaria (ZEC): Es una zona de baja tributación acotadada a las proximidades de puertos y aeropuertos canarios para actividades de producción, transformación, manipulación y comercialización de mercancías y de libre ubicación en cualquier parte de Canarias para actividades de prestación de servicios. Entre las ventajas de la ZEC destacan:
- Las entidades de la ZEC estarán sujetas al Impuesto sobre Sociedades a un tipo impositivo del 4% (30% resto de España)
- Están exentas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD)
- Están exentas del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC); si ya de por si este impuesto es ventajoso, ya que es el impuesto que sustituye en Canarias al IVA que se paga en el resto de la península. Normalmente el IGIC se paga al 5%, pues las empresas de la ZEC, quedan exentas de pagarlo.
2) La Reserva para inversiones en Canarias (RIC): Es un beneficio fiscal. Aplicando la RIC los empresarios y profesionales establecidos en Canarias pueden conseguir que queden exentos de gravamen en su Impuesto personal sobre la Renta (ya sea el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre la Renta sobre de no Residentes) hasta el 90% de los beneficios que allí obtengan y que se reinviertan en el propio Archipiélago
Lo importante de esto para los empresarios y emprendedores es hacer números y ver si con estos incentivos comprensa desarrollar toda la actividad de la empresa o parte de ella en Canarias – una de las opciones es crear una Sociedad con sede y actividad en Canarias -. Estas son las ventajas, en cuanto a los inconvenientes, quizá el más importante sea el de los gastos de transporte, que, dependiendo de la actividad que se realice, pueden ser una partida importante, pero si la empresa es de tecnología o servicios, por ejemplo, pues no parece tan mala idea.
* Si verdaderamente quieres un paraiso fiscal viaja a Anguila, Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas, Aruba, Bahamas, Bahréin, Bermudas, Belice, Chipre, Dominica, Gibraltar, Granada, Guernesey, Isla de Jersey, Isla de Man, Islas Caimán, Islas Cook, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de los Estados Unidos, Isla de Margarita, Liechtenstein, Malta, Mauricio, Montserrat, Nauru, Niue, Panamá, Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Seychelles, Vanuatu
Foto | R. Duran
hola, soy un trader español y mi actividad sólo necesita una cuenta bancaria. ¿Cuál es la manera más favorable para tributar en tu experta opinión?. Gracias.