Para mucho ha dado el Real Decreto de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. La prórroga de los Presupuestos Generales del Estado aprobada supone que las bases de cotización del Régimen General de la Seguridad Social para 2012 sean las mismas que las de 2011. Las cuantías de las bases máximas aplicables en los distintos Regímenes de la Seguridad Social se incrementarán, respecto a las vigentes en el 2011, en un 1 por ciento. De momento, todo quedará vigente hasta el temido mes de marzo, donde todo podría cambiar, tarifas eléctricas o IVA incluido. Tras el salto te las detallamos.
Las base de cotización mínimas para contingencias comunes quedan fijadas así:
- Grupo de cotización 1 (Ingenieros y Licenciados y personal de alta dirección): 1045,20 euros/mes.
- Grupo de cotización 2 (Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados): 867,00 euros/mes.
- Grupo de cotización 3 (Jefes Administrativos y de Taller): 754,20 euros/mes.
- Grupos de cotización 4, 5, 6 y 7 (Ayudantes no titulados, Oficiales Administrativos, Subalternos y Aux. Administrativos): 748,20 euros/mes..
La base mínima para la cotización diaria (grupos 8, 9, 10, 11) será de 24,94 euros/día. La base máxima para todos los grupos se fija en 3.262,40 euros/mes, para los grupos desde el 1 al 7 y de 108,75 euros/día para los de cotización diaria.
Si la base maxima diaria son 108,75 la maxima mensual debe ser 3.262,50
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