¿Qué firmas electrónicas son reconocidas?
* Que sea una firma electrónica avanzada
* Que esté basada en un certificado reconocido, siendo certificado reconocido aquél que “cumpla los requisitos establecidos en esta Ley en cuanto “a la comprobación de la identidad y demás circunstancias de los solicitantes”
Requisitos de todas las facturas
El artículo 6 del RD 1496/2003 que regula el contenido de una factura establece que los campos obligatorios de una factura son:
* Núm. Factura
* Fecha expedición
* Razón Social emisor y receptor
* NIF emisor y “receptor”
* Domicilio emisor y receptor
* Descripción de las operaciones (base imponible)
* Tipo impositivo
* Cuota tributaria
* Fecha prestación del servicio (si distinta a expedición)
Para cumplir con la norma y que una factura electrónica tenga la misma validez legal que una emitida en papel, el documento electrónico que la representa debe contener los campos obligatorios exigibles a toda factura, estar firmado mediante una firma electrónica avanzada basado en certificado reconocido y ser transmitido de un ordenador a otro recogiendo el consentimiento de ambas partes.
Conservación de la factura electrónica
Esta obligación se regula en el artículo 1 del RD 1496/2003, donde se especifica la obligación de expedir, entregar y conservar facturas. A este respecto la Agencia Tributaria lo ha aclarado con la siguiente definición: “Se entiende por Matriz de una factura (…) un conjunto de datos, tablas, base de datos o sistemas de ficheros que contienen todos los datos reflejados en las facturas junto a los programas que permitieron la generación de las facturas…«