A la hora de crear una empresa, el trámite que más te va costar, tanto en tiempo como en dinero, es conseguir la licencia de apertura del local.
En este sentido, como emprendedores, siempre y cuando necesitemos un local para desarrollar nuestra actividad, debemos acondicionarlo y equiparlo acorde a la normativa, necesitando, si o si, la autorización para empezar a funcionar. Esta autorización es la licencia de apertura de actividad.
¿Que es la licencia de apertura?
La licencia de apertura o de actividad de un negocio es la autorización que se otorga a un local comercial, establecimiento, oficina o almacén para ejercer la actividad. Para poder conseguirla, el establecimiento tiene que cumplir toda la normativa referente a la actividad empresarial.
Por ejemplo, para que te hagas una idea, se traduce en que los pasillos o la altura del local tengan el mínimo exigido, o que la extracción de humos de un bar o cafetería esté montada acorde a a normativa vigente.
Diferencia entre licencia de apertura y comunicación previa
Todo el mundo, cuando habla de licencia de apertura sabe a lo que se está refiriendo, si bien debes saber que existen las licencias de apertura y las comunicaciones previas de actividad. Y no es lo mismo.
Al margen de que se trate de una licencia clasificada o inocua, más adelante te contaremos esto, el Ayuntamiento, define el trámite mediante el que se solicitará: solicitud de licencia o comunicación previa.
Hace unos años, todos los trámites de solicitud se hacían de la misma forma: el usuario presentaba una solicitud de licencia para su local y esperaba a que se le otorgara la licencia, debiendo esperar, sin abrir, a que el Ayuntamiento comprobara que estaba todo en regla y autorizara dicha actividad en el local.
En la actualidad, gracias a la adaptación de la normativa española a la europea, muchas de las licencias se pueden tramitar a través de la comunicación previa. Esto es, que el empresario prepara la documentación exigida, incluyendo el proyecto técnico del local, los planos, etc., y a través del mecanismo de declaración responsable, una vez entregado todo, al día siguiente ya puede abrir.
Posteriormente, el Ayuntamiento podrá realizar las inspecciones oportunas, -y vaya que las hacen-, para comprobar que todo se ha hecho en base a la documentación aportada y a la normativa. Pudiendo solicitarte la subsanación de aquello que vean erróneo en el local, y si esto no se arregla pueden decretar el cierre de este.
En cualquier caso, será el Ayuntamiento el que determine que negocios pueden presentar la documentación mediante comunicación previa o mediante solicitud de licencia de apertura.
Licencias clasificadas e inocuas
Es importante saber que, según la actividad a la que se vaya a dedicar el local, hay dos tipos de licencia de apertura: Inocuas y Clasificadas:
- Las licencias de apertura de actividades clasificadas, por norma general, son aquellas molestas, insalubres, o que producen humos o ruidos, nocivas o peligrosas para las personas o el medioambiente, . Restaurantes, bares, cafeterías, panaderías, son algunos ejemplos.
- Las licencias de apertura de actividades inocuas, son las de aquellos negocios, más normales, que no conllevan riesgo alguno, como tiendas de ropas con locales pequeños, peluquerías, oficinas, etc.
Habitualmente, el ayuntamiento en cuestión, elabora un listado de aquellas actividades empresariales clasificadas, para clarificar como catalogar cada negocio y qué trámite seguir en cada caso.
Lo normal es que las actividades clasificadas vayan por solicitud de licencia y las inocuas por comunicación previa, pero hay que ver cada caso concreto y en cada Ayuntamiento.
¿Dónde se solicita la licencia de apertura?
En el Ayuntamiento. La entidad que gestiona la concesión de este permiso es el ayuntamiento del municipio donde esté ubicado el local. Debemos acudir normalmente al área de urbanismo del ayuntamiento para conocer el proceso completo de solicitud..
Las licencias de apertura se regulan a través de ordenanzas municipales. En esta normativa, generalmente, se establece el procedimiento a seguir, la documentación necesaria y las tasas a pagar, pudiendo variar, tanto los requisitos como el importe a abonar de unos ayuntamientos a otros.
La licencia de apertura va acompañada de una tasa que se paga y gestiona el Ayuntamiento. Normalmente la tasa se paga una sola vez en el momento de la solicitud de dicha licencia.
Si bien, la tasa a pagar en sí no suele ser muy elevada, este trámite se encarece al tener que gastar dinero al contratar un ingeniero o arquitecto. Su función es la de emitir un certificado acreditativo de que el local reúne las condiciones de seguridad exigidas.
¿Por donde empiezo para conseguir la licencia de apertura?
Tu pregunta será, pero ¿por donde empiezo?. Es fácil.
Cuando estés en la búsqueda del local, lo normal es buscar un ingeniero que te acompañe a las visitas al local y a urbanismo. De esta forma te garantizas, desde el principio, que el local, junto con las reformas que le quieres hacer cumplirán con la ley.
Este profesional será el que te ayude a preparar la documentación y te ayude a plantear la reforma y las compras de equipamiento industrial, entre otras cosas. Ten en cuenta que como en las comunicaciones previas, se entrega todo, una vez terminada la reforma y con el local listo para abrir. Por esto, no tendrás a nadie que te garantice que está bien o mal, a no ser que cuentes con un ingeniero con antelación.
En este sentido, es conveniente, que te acompañe al Ayuntamiento a intentar clarificar el trámite de solicitud y la documentación técnica a aportar. Y posteriormente, a citas más especializadas donde se resuelvan dudas técnicas concretas sobre las instalaciones.
Para la elección del ingeniero, ten en cuenta que no todos está puestos en la materia. Debes buscar que sea alguien acostumbrado a la tramitación de licencias de apertura y a lidiar con la normativa aplicable y los técnicos municipales.
Documentación para pedir la licencia
La solicitud de licencia de apertura lleva aparejada consigo unas tasas a pagar. Estas varían, no solo según el ayuntamiento, sino en función de los metros cuadrados del local o si la actividad es inocua o clasificada. Puede ser el triple estas segundas respecto a las primeras.
Para que lo tengas en cuenta, la documentación que se pide comúnmente para solicitar la licencia es la siguiente:
- DNI o CIF, si se trata de una persona jurídica.
- Contrato de arrendamiento o de la escritura de propiedad del local.
- Declaración Censal de alta (Modelo 036).
- Escritura de constitución de la sociedad, si es persona jurídica.
- Fotografía del edificio.
- Proyecto técnico, memoria y planos del local firmado por el técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda. Debe cumplir con las respectivas ordenanzas municipales, así como el resto de la normativa de aplicación.
- Certificado de Instalación Eléctrica diligenciado por Industria
- Abono de la tasa inicial de los derechos de Apertura.
Además, no se debe olvidar aspectos como que, si el local conlleva una reforma, el ayuntamiento también te podrán cobrar por ella. Normalmente un porcentaje sobre el proyecto de la obra, en lo que se conoce como la licencia de obras. El permiso para el rotulo o el cartel con la marca del negocio o la solicitud de terraza para bares con ocupación de vía pública, normalmente se solicitan aparte de la licencia de apertura.
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