El otro día comentábamos acerca del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio para tenerlos en cuenta en este final de 2011. Pues bien llega la hora de las Sociedades, y es que en estos últimas días del año hay que pensar un poquito si podemos remendar la situación fiscal de nuestra empresa o por lo menos se conscientes de lo que pasará con nuestra empresa y el Impuesto de Sociedades.
Las cosas a tener en cuenta en este cierre de 2011 son:
- Las micropymes pueden tributar este año al 20% por los primeros 300.000 euros de base imponible (en 2010 solo hasta 120.202,41 euros), a condición de que su plantilla media no haya disminuido respecto a la del los ejercicio iniciado en 2008. A ese mismo importe aplicarán las pymes el tipo del 25%, gravándose el exceso al tipo general del 30%
- Para aplicar el régimen de empresas de reducida dimensión se ha incrementado el límite de cifra de negocios del ejercicio anterior de 8 a10 millones de euros y, además, en caso de superarlo, se puede seguir aplicándolo durante otros 3 ejercicios si se viene tributando por él desde hace tiempo
- Las sociedades que inviertan antes de fin de año en nuevos activos materiales o inversiones inmobiliarias, podrán amortizarlos libremente y conseguirán diferir en todo o en parte el Impuesto
- En el lado negativo de la normativa tributaria tenemos que destacar las siguientes medidas: las empresas con cifra de negocios, en el año anterior al ejercicio iniciado en 2011, de 20 millones de euros o superior, tienen limitada la compensación de bases negativas de ejercicios anteriores y han de hacer mayores ingresos a cuenta; y todas las empresas que vienen deduciendo el fondo de comercio financiero de no residentes, en lugar de hacerlo al 5% anual, solo podrán hacerlo al 1%
- Para todas las entidades el plazo de compensación de bases negativas se incrementa de 15 a 18 años. Esto será aplicable tanto a las pérdidas fiscales de los ejercicios iniciados en 2011 como a las bases pendientes de compensar al principio de ejercicios iniciados en 2012
- La tardía aprobación de la Ley de Economía Sostenible ha producido un par de curiosidades en deducciones: la de innovación tecnológica se incrementa del 8 al 12%, pero solo en ejercicios iniciados a partir del 6 de marzo de 2011. Asimismo es en ejercicios iniciados a partir de dicha fecha cuando se aplicará la deducción por inversiones en instalaciones medioambientales al 8%, siendo el porcentaje para ejercicios anteriores iniciados en 2011 de tan solo el 2%
- El porcentaje de los pagos fraccionados de compañías, cuya cifra de negocios, en el año anterior al principio del ejercicio iniciado en 2011, llegue a 20 millones de euros, se ha incrementado al 24 ó al 27% (aplicando este último si la cifra de negocios alcanza 60 millones), siendo antes el 21%, lo que originará un menor pago o una mayor devolución al presentar la autoliquidación del Impuesto
Fuente > Economistas.org