El emprendedor suele desconocer la realidad de muchos conceptos empresariales. No sabe lo que implica cada una de las obligaciones que tiene como empresa.
En este caso en este sentido, intentaré explicar, paso a paso, sin ser muy purista, lo qué es exactamente el IVA y el IGIC y lo que implica para el autónomo, empecemos:
Hacienda quiere que le pagues cada vez que consumas
Hacienda lo que quiere es que todos los consumidores, de casi todo aquello que compren, paguen una cantidad pequeña de dinero: un porcentaje. Para esto, establece un impuesto que grava el consumo, conocido como el IVA (impuesto de valor añadido) para la península y el IGIC (impuesto general indirecto canario) para Canarias.
El impuesto en sí, consiste en aplicar un porcentaje sobre el producto que compra o lo que consume que cada ciudadano. Con este planteamiento, lo que se establece en el impuesto son distintos porcentajes de para según qué tipo de productos y servicios, siendo el tipo general del 21% del IVA o el 7% del IGIC.
¿Qué es el precio del producto y que es el IVA?
Antes de seguir la pista del camino que sigue el dinero del IVA desde el bolsillo del consumidor hasta que llega a Hacienda, entendamos como lo calcular el impuesto en cada factura, es sencillo.
Como empresa, a modo de ejemplo, si vendes un producto que vale 100 €, le tendrías que aplicar el tipo impositivo de IVA general (21%). Para calcular el precio final de la factura, con IVA/IGIC incluido, solo tendrías que multiplicar esa cifra por 1,21. En este caso, 100 por 1,21 sería igual a 121 €, que sería el precio al cliente final con IVA incluido. Valdría lo mismo para el IGIC pero aplicando el 7%.
Cada ciudadano debería ingresar su IVA o IGIC
Sigamos. Entendiendo que el impuesto del IVA o IGIC se obtiene sobre lo que consume cada ciudadano o cualquier empresa, pongámonos en situación.
Imagínate que somos 200 personas, en este caso, clientes de un mismo negocio, que queremos comprar un producto o recibir un servicio. Lo normal sería que cada una de las 200 personas llegara al establecimiento y, siguiendo el ejemplo anterior, le pagara 100 euros al negocio y 21 euros se tuviera que ingresar a Hacienda en concepto de impuesto sobre ese consumo.
En este caso, tendríamos a 200 personas ingresando 4200 euros al estado, cada una por su lado, en momentos distintos y sobre la variedad de productos que compra; si extrapolamos esto a todos los habitantes de España y a todo lo que se consume diariamente podría ser una situación caótica.
Un sistema de recaudación y liquidación del IVA e IGIC
Buscando una solución a esta posible situación de ineficiencia, Hacienda, no sólo la española, ha propuesto lo siguiente; sigamos con el ejemplo, que las 200 personas en vez de ingresarle su impuesto cada una por separado a Hacienda, que se lo entregue al negocio donde están consumiendo en el momento del pago de la compra.
En este punto, el empresario hará acopio de todo el dinero que le han dado en concepto de IVA/IGIC todos los clientes y, tal como establece la Agencia Tributaria, lo ingresará cada tres meses, todo junto, a través del modelo correspondiente de autoliquidación del IVA (modelo 303) o IGIC (modelo 420).
Para completar la explicación, hay que destacar que todo lo que hemos relatado anteriormente, desde el punto de vista del empresario es lo que se conoce como el IVA e IGIC repercutido, que es el que traslada y cobra a su cliente. Pero también existe el IVA e IGIC soportado, que es el que paga el empresario cuando consume o compra a otras empresas.
En las liquidaciones trimestrales se presenta la diferencia entre ambos, siendo normalmente mucho mayor el repercutido que el soportado.
Problemas de precio y para competir
Paralelamente a todo esto, el empresario debe tener en cuenta un aspecto importante. Con este sistema, la percepción del cliente es que paga, en el caso del ejemplo, 120€ por el producto, no siendo consciente en muchos de los casos que verdaderamente lo que paga y lo que vale es 100 €.
Esto es fundamental que lo entienda el empresario, ya que necesita fijar y calcular los precios siempre sin IVA o IGIC, y que el IVA o IGIC será dinero que pasará por sus cuentas, pero que no deberá tocar ni gastarse en nada que no sea ingresarlo. Por lo que todo lo que sea competir utilizando el precio con IVA/IGIC incluido es un error grave para el emprendedor. Es más, no te dejes llevar por los competidores que hagan esto, porque si no te pueden hacer trabajar por debajo del coste.
Conclusión: el papel del empresario como recaudador del IVA o IGIC
La conclusión es sencilla, el empresario hace una labor de recaudación sin recibir nada a cambio. Emplea su tiempo y esfuerzo en recopilar los impuestos de las personas que consumen en su negocio, guardarlo durante tres meses y después ingresárselo al Estado o la Comunidad autónoma que lleve la gestión de este impuesto indirecto.
Aparte de realizar la labor de recaudador y no cobrar por ello, se debe tener en cuenta que, si bien puede haber personas que intenten defraudar a Hacienda quedándose parte de esa recaudación que han hecho del IVA/IGIC, cosa que es totalmente reprobable y nefasto para el sistema, seguro que hay muchos autónomos que se han equivocado y han sido sancionados por llevar estas liquidaciones cuyas gestiones les vienen grandes.
Foto | Scott Akerman e Images Money