Hay que recordar que la fecha límite para acogerse a la cobertura por contingencias profesionales es el 30 de junio, requisito imprescindible este para tener acceso a la Prestación por Cese de Actividad (PCA).
La norma que vio la luz en noviembre de 2010 y que daba paso a la consecución de una reivindicación histórica del colectivo: la Prestación por Cese de Actividad (PCA), también conocida como «paro de los autónomos», delimitaba los requisitos necesarios para acceder a ella:
- Estar afiliado a la Seguridad Social cotizando en el RETA o en el Régimen Especial del Mar y estar al corriente en el pago de las cotizaciones.
- Cotizar por Contingencias Profesionales (CP).
- Suscribir compromiso de actividad.
- No tener la edad de jubilación ordinaria.
- Haber cumplido las garantías, obligaciones y procedimientos regulados en la legislación laboral sobre los trabajadores a su cargo, en caso de que los tuviera.
- Estar en alguna de las situaciones que son consideradas causas legales para acceder a la PCA.
En este sentido, los autónomos que quieran tener cubierta la PCA deben cotizar por contingencias profesionales, partida que cubre los accidentes de trabajo y la enfermedad profesional y que no es obligatoria para el colectivo, a excepción de los casos de los autónomos económicamente dependientes y de los profesionales cuya actividad profesional cuenta con un elevado riesgo de siniestralidad. De esta forma, aquellos profesionales por cuenta propia que aún no estuvieran cotizando por esta contingencia podían solicitar la ampliación hasta el 6 de febrero, plazo que fue ampliado por la Seguridad Social hasta este 30 de junio.
Hay que reslatar que esto supone un incremento de la aportación mensual de entre 7,68€ y 54,37€/mes (1,7% de la base de cotización), con lo que un autónomo tendrá acceso a las contingencias profesionales y podrá cobrar la PCA desde los 497,10€ hasta los 1.397,70€, en función de su base de cotización y del IPREM.
La Federación de Organizaciones de Profesionales, Autónomos y Emprendedores (OPA) señala que, según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, hasta finales de marzo, un 83.6% de los autónomos propiamente dichos cotizaban por la base mínima, quizá debido esto a que todavía esta medida no equipara ni de cerca a los trabajadores por cuenta propia con los de cuenta ajena.
Fuente > Federación de Organizaciones de Profesionales, Autónomos y Emprendedores (OPA)