ANTES | AHORA | |
AUTORIZACIÓN | La autoridad laboral debía dar el visto bueno |
El empresario decide la ejecución y condiciones de la misma. Contra ella, cabe conflicto colectivo y/o demanda individual |
ANTES | DESPUÉS | |
FALTAS DE AL TRABAJO |
Limitado a cuando el índice de absentismo total de la plantilla supere el 2.5% | El 20% en dos meses o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de 12 meses |
Buenos días,
Les expongo mis dudas forma concreta:
*11 años trabajando en la Empresa
*Recepción carta de despido en Noviembre 2011 ofreciendo 20 días/ año alegando mala situación economica de la Empresa y avisando que el pago puede no hacerse efectivo.
* Demanda del trabajador a la Empresa solicitando 45 días/año, por no estar de acuerdo con la causa de despido.
*19.01.11: Recepción citación del Juzgado de Social, Asunto: Despido OBJETIVO INDIVIDUAL. Hora y lugar del Jucio y Acto de Conciliación.
* Dias antes del juicio el Empresario ofrece 33 dias/ año trabajado.
* En el Acto de conciliación se aceptan condiciones por ambas partes.
¿HAY QUE TRIBUTAR POR ESTA INDEMNIZACIÓN? ¿ESTA EXENTA TOTAL O PARCIALMENTE?
Muchas gracias de antemano y un saludo. Susana.