El pasado 1 de enero se produjo un cambio normativo importante en toda Europa, y es que entró en vigor la vulgarmente conocida por tasa Amazon, por la que se empezará a aplicar el IVA (o el IGIC si estás en Canarias) del lugar donde se encuentre la persona que compra bienes digitales por Internet , en vez del impuesto de donde estuviera el vendedor como hasta ahora, que se recoge en la Directiva 2008/8/CE.[pullquote] Se ha creado la Mini One-Stop Shop (MOSS) para la gestión del IVA en cada Estado[/pullquote]
Este cambio afecta a libros electrónicos, imágenes digitales, música, servicios de alojamiento web, aplicaciones de móvil o productos electrónicos de descarga, pero no a los físicos.
¿Cómo y a quién afecta este cambio en el IVA digital?
Si se dan cuenta es un cambio tonto pero que afecta gravemente al comercio electrónico, por un lado a los Gobiernos de los distintos países europeos empezarán a recibir parte del pastel que hasta ahora sólo recibían unos pocos, al encontrarse, por ejemplo, empresas como Amazon o Apple en Luxemburgo, pudiéndose generar cerca de los 3.000 millones de euros anuales en concepto de IVA.
Por otro lado, afecta directamente a los consumidores, ya que, si por ejemplo compra un ebook en Amazon, no pagará un 3% de impuestos indirectos (impuesto de Luxemburgo) sino que empezará a pagar un 21%, que es el impuesto sobre los libros en España.
Asimismo, hay que tener en cuenta que también afectará directamente a los juegos en formato digital y DLCs que compremos en Steam, Xbox Live, PlayStation Network o la eShop de Nintendo, e incluso a servicios como las suscripciones a PlayStation Plus y Xbox Live Gold, con lo que por ejemplo, una app para iPhone que antes costaba 0,89 euros podría pasar a costar hasta 0,93 euros en un futuro cercano, según los cálculos de la Asociación de Internautas.
Y finalmente repercute en las empresas, pero no pensemos en la grande como Amazon, sino pensemos en cualquier emprendedor, que quiera o ya venda por Internet fuera de España, que si, bien dicen que han habilitado una ventanilla única para la liquidación de IVA en los distintos países, pero el engorro de todo esto puede suponer un duro golpe al comercio electrónico, ya que por ejemplo, entre otras cosas, el vendedor deberá comprobar dónde se encuentra en comprador para saber que tipo de IVA o IGIC aplicar con el consiguiente coste.
Con esto, las empresas tendrán que tributar por el Impuesto sobre el Valor Añadido en cada uno de los Estados donde se encuentren establecidos o residan sus clientes consumidores finales; por esto la Agencia tributaria ha creado una Mini Ventanilla Única o Mini One-Stop Shop (MOSS).
Esta Mini Ventanilla Única solamente puede ser utilizada por aquellos empresarios o profesionales que presten servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos y cuyo destinatario sea un particular establecido o con domicilio o residencia en un Estado miembro distinto del de la sede del prestador.