¿Cuándo podrá cortarse la conexión?
La nueva legislación no ofrece ningún ejemplo concreto de usos de Internet que haya que considerar ilegales. Son los Estados miembros quienes deciden, según su legislación nacional, qué infracciones pueden conducir a que se corte el acceso a Internet de un usuario. Entre los ejemplos posibles se encuentra la difusión de pornografía infantil o de contenidos terrorista
¿Cómo será el proceso?
Cuando una autoridad judicial o administrativa competente pretenda cortar el acceso a Internet, antes de adoptar decisión alguna deberá dar a los usuarios la oportunidad de ser escuchados y de defenderse. La carga de la prueba recae sobre la parte que presente los cargos y existirá la posibilidad de recurrir.
¿España puede optar por suspender el servicio a los internautas?
Para ello, deberían modificarse la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de Propiedad Intelectual, el Código Penal y la Constitución Española. Además del principio de presunción de inocencia y el derecho a la libertad de expresión, a los internautas españoles les asiste el artículo 18 de la Constitución Española, que garantiza el secreto de las comunicaciones salvo resolución judicial.
¿Por qué no se introdujo directamente la figura de «salvo mandato judicial»?
El texto no habla directamente de «orden judicial previa» porque tras consultar a los servicios jurídicos del Consejo, la Eurocámara y la Comisión Europea, se llegó a la determinación de que incluirla podría requerir una armonización de los sistemas judiciales de los estados miembros, algo que escapa a las competencias de la UE en este campo
La controvertida Enmienda 138/46
Any of these measures regarding end-user’s access to or use of services and applications through electronic communications networks liable to restrict those fundamental rights or freedoms may only be imposed if they are appropriate, proportionate and necessary within a democratic society, and their implementation shall be subject to adequate procedural safeguards in conformity with the European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms and with general principles of Community law, including effective judicial protection and due process. Accordingly, these measures may only be taken with due respect for the principle of presumption of innocence and the right to privacy. A prior fair and impartial procedure shall be guaranteed, including the right to be heard of the person or persons concerned, subject to the need for appropriate conditions and procedural arrangements in duly substantiated cases of urgency in conformity with European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms. The right to an effective and timely judicial review shall be guaranteed.