De la Red: Explicación práctica de una baja en la Seguridad Social

Nos gustaría hablar hoy de un ejemplo de lo que es tramitar una baja laboral, se trata de Rubén de la Red, cuya profesión es la de futbolista, el día 30 de octubre de 2008, ejerciéndola, mientras jugaba el partido de ida de la primera eliminatoria de Copa del Rey contra el Real Unión de Irún, cae desplomado al suelo a causa de un síncope y es trasladado al hospital

Allí, le realizan diversas pruebas y pasa la noche en observación. Al día siguiente recibe el alta médica y regresa a Madrid, donde permaneció de baja indefinida, mientras le realizaron nuevas pruebas médicas, hasta que los servicios médicos concluyeron sus investigaciones sobre las causas del desvanecimiento.

Con esto, el el Real Madrid Club de Fútbol, hizo ayer público un comunicado de como ha procedido con su trabajador respecto a las mutuas y a la Seguridad Social, cosa se puede entender como un buen resumen del camino seguido en cualquier baja, lo curioso es verlo en un futbolista:

1.-El Real Madrid, como club de fútbol, y todos sus jugadores con contrato laboral están sometidos a la legislación laboral actual.

2.-Cuando el jugador Rubén de la Red sufrió el síncope agudo causó baja en la Seguridad Social, como es preceptivo. Es en ese momento cuando se inicia el período de Incapacidad Temporal, que todavía se mantiene hoy, transcurridos 15 meses.

3.-La baja médica fue tramitada como accidente de trabajo, ya que el síncope agudo que sufrió el jugador se produjo desarrollando su profesión de futbolista. Y, como en el caso de cualquier trabajador en España, la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo se hizo cargo del seguimiento del proceso de esta Incapacidad Temporal, en su función como delegada de la Seguridad Social.

4.- Una vez transcurrido un año de Incapacidad Temporal es preceptivo, según la Ley de Seguridad Social, que la Mutua emita un informe sobre la posibilidad de continuar de baja en Incapacidad Temporal hasta el máximo de 18 meses que contempla la ley, o si, por el contrario inicia la propia Mutua un expediente de invalidez porque considere que la perspectiva médica sea de imposibilidad de curación en dicho plazo.

5.-Este proceso administrativo, regulado por Ley y gestionado por la Administración Pública, es de obligado cumplimiento para la empresa empleadora, en este caso el Real Madrid, que ni siquiera es parte en dicho proceso, y que está a la espera de ese informe que deberá emitir la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo.

6.-El club ha cumplido en todo momento la ley y, por supuesto, todos y cada uno de los compromisos contractuales adquiridos con nuestro jugador.

7.-El Real Madrid ha permanecido siempre a disposición del jugador y le reitera su apoyo y solidaridad.

En este punto, la Seguridad Social a través del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) tendrá que estudiar los informes médicos sobre De la Red, resultando que si el EVI considera que la enfermedad del jugador es profesional, De la Red cobrará el 100% del contrato con el Real Madrid. Si lo resuelve como enfermedad común, la compensación económica se reduciría a una pensión mínima en torno a los 1.500 €.

Fuente > Sanitas

Javier Navarro

Javier Navarro

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas y diplomado en Empresariales. Dedicado desde hace 15 años a asesorar a emprendedores en la creación de sus empresas, elaborar estudios de viabilidad, modelos de negocio y consultoría estratégica empresarial.

2 Replies to “De la Red: Explicación práctica de una baja en la Seguridad Social”

  1. Anonymous dice:

    Hola, estoy a punto de crear una sociedad civil junto con un compañero, los dos estamos cobrando del paro y hemos solicitado el pago unico, mi duda es: si hemos presentado los dos facturas para justificiar la inversion, a cada uno de nosotros le devolvera el dinero según las facturas proformas o se va hacer una media entre las facturas presentadas entre los dos.
    Gracias, DP

  2. J. Navarro dice:

    Hola Anónimo, va a depender de a nombre de quién haya presentado las facturas proforma, lo normal era presentarlas a nombre de la socieded civil o si aún no estaba constituida a nombre de los dos promotores, con lo que en ese caso se dividen entre los dos.

    Saludos

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