A estas alturas cuando hablamos de la declaración de la renta la primera pregunta que asalta es si estamos o no obligados a declarar, lo que no quiere decir que nos toque pagar, pues la respuesta es sencilla, pues la Agencia Tributaria establece todos los años unos límites.
¿Quién está obligado a presentar la declaraciónde la renta 2012?
Para este año, con caracter general los contribuyentes que hayan percibido rentas inferiores 22.000 euros cuando procedan de un sólo pagador, teniendo en cuenta que si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros, y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
Hay que recordar que aunque no estemos obligados a declarar por estos límites, interesa comprobar qué resultado tendríamos al realizar la declaración, por si nos sale a devolver por causa de las retenciones al IRPF que nos hayan practicado, y en ese caso presentarla para que nos devuelvan.
DURANTE EL PASADO AÑO 2012 HE OBTENIDO RENDIMIENTOS DEL TRABAJO POR IMPORTES DE 17891,07 € DE UN PRIMER PAGADOR Y 903,35 € DEL SEGUNDO, CON UNA RETENCION EN EL PRIMER CASO DE 1798,10 E Y 0 € EN EL SEGUNDO. ADEMAS HE OBTENIDO UN RENDIMIENTO DE 138.17 € CON UNA RETENCION DE 29,02 € POR OPERACIONES DE SEGUROS. EN PRINCIPIO CON ESTOS DATOS NO TENDRIA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION Y SI LO HAGO ME SALDRIA A INGRESAR UNOS 650 € APROXIMADAMENTE.
PARECE SER, NO OBSTANTE, QUE COMO FUERA QUE VENDI UNAS ACCIONES DE BANKIA CON UNAS PERDIDAS DE 45 € EN EL CITADO EJERCICIO, ESTO ME OBLIGA A PRESENTAR LA DECLARACION Y A PAGAR LOS 650 € CORRESPONDIENTES.
ME GUSTARIA QUE ALGUN EXPERTO ME INDICARA SI ESTO ES ASI, O PUEDO DEJAR DE HACER LA DECLARACION SIN ARRIESGARME A SANCIONES Y RECARGOS POR NO HABERLA PRESENTADO EN SU DIA.
GRACIAS