En qué consiste la subvención
Se trata de una subvención que da INEM desde hace años para aquellas personas que, estando desempleadas y como demandantes de empleo, que vayan a crear una empresa como autónomo y que vayan a invertir al menos 5.000 euros en el negocio.
Estos 5.000 € es la subvención que le pueden conceder a un desempleado de manera genérica, el mínimo; pero si, por ejemplo, eres desempleado de 30 años o menos te pueden dar 6.000 € y si eres mujer puede llegar a los 7.000 €.
Requisitos de la subvención
- El principal requisito es estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el momento anterior de darte de alta como autónomo. Es importante diferenciar entre personas desempleadas y personas inscritas como demandantes de empleo; en esta subvención se pide cumplir con ambas situaciones, hay personas que caen en el error de darse de alta como autónomo antes de estar apuntado como demandante, estos últimos son los que buscan activamente empleo: el INEM los hace ir a firmar cada 3 meses, aunque este trámite ya se puede hacer por Internet.
- La solicitud puede presentarse en los tres meses anteriores y los seis meses posteriores de iniciar la actividad.
- La concesión de esta subvención está condicionada a que se realice una inversión en inmovilizado de al menos 5.000 € sin impuestos realizados desde 3 meses antes de inicio de actividad y hasta 6 meses después.
- La cuantía de la subvención se establece según las condiciones de la persona que la solicite, esto es: 5.000 € para desempleados en general, 6.000 € para jóvenes desempleados de 30 o menos años; 7.000 € para mujeres desempleadas; 8.000 € para desempleados con discapacidad; 10.000 € para mujeres desempleadas con discapacidad y en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementarán hasta un 10 por ciento.
- No haber estado dado de alta de autónomo en los 6 meses anteriores a la solicitud en la misma o similar actividad.
Consejos útiles para la subvención
- Quizá el consejo más útil sea decirte que, en resumen, tienes que adelantar el dinero, o sea, haber realizado la inversión y haberla pagado, y que después ,pasados los meses, te ingresan el dinero (siempre que te la concedan).
- Si bien la subvención viene establecida desde el Estado, desde el INEM, las competencias para darlas son de las comunidades autónomas, por lo que es recomendable pasarte por tu oficina de empleo ya cada comunidad puede poner sus propias condiciones en la tramitación.
- La subvención se puede solicitar en dos momentos distintos o bien con facturas proforma de la inversión o ya con las facturas pagadas y sus comprobantes de pago, siempre dentro del plazo que marcan los requisitos
- Hay que tener cuidado con las facturas y con los pagos; llegado el momento tendrás que presentar dichas facturas y los comprobantes de pago, por lo que es conveniente que te preocupes en que esto esté bien hecho. Por ejemplo, es recomendable pagar todo por transferencia y no hacer pagos al contado para poder tener el comprobante, y siempre haciendo dichas transferencias desde la cuenta del beneficiario de la subvención a la del proveedor.
- Hemos hablado sólo de establecerse como autónomo, pero esta subvención sirve también para la constitución de comunidad de bienes, y lo que es mejor, en el caso de que dos personas quieran crear una comunidad de bienes, las dos pueden solicitar la subvención a título personal, pudiendo obtener los 5.000 € cada uno.
- Esta subvención, al margen de este dinero que te dan por establecerte como autónomo, tiene otras 3 modalidades más que se pueden solicitar a la vez: Subvención financiera, subvención para asistencia técnica y Subvención para formación TIC; de estas las más interesante es la subvención financiera que supone una reducción de hasta 4 puntos del interés de los préstamos destinados al negocio, lo que lo hace muy interesante ya que puede combinarse esta subvención con la solicitud de un ICO, quedándote al final pagando un préstamos a muy bajo interés, al 1% o al 2%.
Enlaces Relacionado: INEM, Solicitud y Bases (BOE 136, de 7 de junio de 2007)
me han concedido 5000 euros de subvencio,me mandaron la carta en enero,cuando lo cobrare?
Hola María, si está el expediente completo, es decir justificado por tu parte, lo tramitarán para el pago, pero el plazo para esto varía mucho de una comunidad autónoma a otra. Te recomiendo que llames a tu servicio de empleo…
Saludos
PD: Una duda, ¿por ser mujer no te corresponden 7.000 €?
Buenos Dias, por favor si me podrias informar, donde se gestiona esta subvencion de los 5000€, ya que me eh dirigido al Inem y me dicen que alli solo se tramita la capitalización del paro.
Un saludo
Sandra
Buenso días Sandra, esta subvención no la gestiona el Inem, sino el servicio de empleo de tu comunidad autónoma, ya que normalmente tiene estas competencias transferidas.
A parte ir a tu oficina de empleo, también puedes ir a la agencia de desarrollo local más próxima donde te pueden asesorar sobre el tema.
Saludos
Hola me gustaria saber si se puede optar a alguna subvencion en la siguiente situacion. He estado de autonomo en una sociedad limitada ahora me he dado de baja en dicha sociedad y me he dado de alta en regimen general pero solo como persona fisica,iniciando a fecha 1 de enero mi actividad, actividad que desarrollaba antes.podria optar a algna subvencion
gracias
hola quiero hacerme autonoma tengo 25 anos…y estoy inscrita en el inem..podre hacerme autonoma
Hola tengo una duda para poder pedir el dinero tienes que demostrarlo con facturas pero me dicen que no cuenta la mercancía es así
Buenas la empresa donde trabajo me da de baja el día 15 de este mes y quiero crear una cooperativa con 3 socios mas que se dian 4 personas y quiero saber si tenemos alguna ayuda económica y donde podemos derejese, y si tenemos el derecho de cobrar estoy 5000€ y si los 5000€ es para cada socio o no gracias.
somos una empresa de servicios y queriamos si habia alguna manera de contratrar nuestra empresa a un trabajador para que prestara servicios a otra empresa , sin tener ninguna complicacion a posteriori con el trabajador, en concreto necesitabos emplear un conserje para trabajar en una comunidad en la cual nosotros le hacemos el mantenimiento, por un plazo corto, pues eledificio esta en venta
Hola.quero saver que derecho tengo? El ultimo trabajo fue baja voluntaria cotizado 10anios la impresa.sin derecho del paro i despues trabaje como autonoma 6 mesez .el negocio no me funccione.que tengo que haser para cobrar el paro y auyda??
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Pedí la ayuda de emprendedores pero me obligan a estar dos años en activo el negocio va mal y lo tengo que cerrar cinco meses antes de que cumpla los dos años ?pueden sancionar me por ello
Hola Josefina, por la descripción que dan no se a que ayuda te refieres. Lo normal es que mires quién te la concedió y te dirijas directamente a la entidad en cuestión a realizar la consulta.
Saludos
Hola, que tal? Por lo que he leído, hay que montar el negocio, y después presentar las facturas, pero claro tu no sabes si te van a aceptar la prestación, con lo cual, la ayuda donde está? Y lo de mujer emprendedora..El caso es ponernos las cosas difíciles, para no ayudarnos.